CIVIL. La liquidación del régimen de gananciales requiere protocolización en escritura pública para ser inscribible.

La Dirección General de Registros y Notariados, ha resuelto denegar la inscripción del Auto que homologaba un acuerdo de liquidación de gananciales al considerar que constituye un acuerdo privado que requiere elevación a público mediante escritura notarial. Fuente: http://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/12040-el-acuerdo-homologado-de-liquidacion-de-gananciales-requiere-protocolizacion-notarial-para-inscribirlo-en-el-registro-de-la-propiedad/ Compartir en:

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